México D.F., lunes 06 de febrero, 2012

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Corte niega amparo sobre IETU

Lunes, 08 febrero 2010
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la constitucionalidad de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), y estableció los criterios jurídicos para negar los más de 30 mil amparos en los que estaba en juego la devolución de miles de millones de pesos.

Al concluir la discusión del asunto, los ministros rechazaron que la aplicación de este nuevo impuesto sea “retroactiva” y confirmaron la no deducción de regalías entre empresas pertenecientes a un mismo grupo económico (denominado entre partes).

Resolvieron, por siete votos contra cuatro, que las nuevas reglas para las devoluciones del Impac, contempladas en la Ley del IETU, son constitucionales.

También avalaron por 9 votos contra 2 que el IETU debe ser aplicable a colegios, por tratarse de sociedades civiles, no obstante que dichas entidades alegaban ser sociedades con fines no lucrativas, autorizadas para recibir donativos deducibles de Impuesto Sobre la Renta.

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